Agencia Tributaria

Deducción por gastos en guardería o centro de educación infantil autorizados (Cheque guardería)

Las madres que hayan trabajado por cuenta propia o ajena y hayan tenido que dejar a sus hijos en una guardería en 2018 tienen derecho a una deducción de hasta 1.000 euros adicionales por cada niño menor de 3 años.

Esta ayuda tiene que ser solicitada por las escuelas infantiles durante el mes de enero a través de un documento (modelo 233) para que Hacienda tome nota y lo incluyera en el borrador de cada contribuyente de forma automática.

En 2019 solo pudieron solicitarla los centros que tenían tanto licencia municipal como autonómica, lo que dejó fura a cientos de ellos. Hacienda solo tiene en cuenta a los centros que están autorizados por la administración de las comunidades autónomas. En esta circunstancia, y de momento, las familias sólo pueden esperar a ver su borrador de declaración y comprobar si aparece la deducción. En el caso de nuevas matrículas, recomendamos preguntar por este punto.

En el documento remitido por las guarderías a Hacienda debía constar la información sobre los menores y los gastos que sean deducibles, como la identificación de los progenitores y los meses completos en los que el niño asistió al centro, así como los gastos anuales que abonaron sus padres.

2019 fue el primer año en que la medida tuvo efecto. Esta ayuda termina cuando los menores cumplen tres años, pero si el niño cumple los tres años mientras acude a la guardería porque ha nacido en los primeros seis meses del año, también se le reconocerá: la deducción se aplica hasta el mes anterior de inicio del segundo ciclo de educación infantil.

Este beneficio fiscal corresponde a los gastos relativos a inscripción y matrícula, la asistencia y la alimentación. No entran en el cómputo las cantidades subvencionadas ni los propios cheques guardería que tenga la empresa donde trabaje el progenitor, que ya se resta de la nómina de cada mes de cara a la declaración de la renta.

Deducción por familia numerosa

Hasta 600 euros adicionales para cada uno de los hijos a partir del cual se exceda el número mínimo de hijos exigido para obtener el Título de familia numerosa.

El importe de esta deducción es de 1.200 euros anuales, o lo que es lo mismo 100 euros al mes si se solicita anticipadamente. En el caso de las familias numerosas de categoría especial, el montante que reciben asciende a 2.400 euros al año.

Forma de solicitar el abono anticipado.

  • Por vía electrónica, presentando una solicitud modelo 143 por cada una de las deducciones a que tenga derecho en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria mediante DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve PIN.
  • Por teléfono, en el número 901 200 345 aportando el  importe de la casilla 450 de la declaración del IRPF de 2016.
  • Presentando en cualquier oficina de la Agencia Tributaria el formulario que se debe cumplimentar e imprimir desde la página de Internet de la Agencia Tributaria. Una vez impreso lo deben firmar todos los solicitantes.
  • Una vez tramitada la solicitud de devolución anticipada, no es necesario reiterar la solicitud en enero del siguiente ejercicio para seguir percibiendo el abono anticipado El único caso en que sí debe presentarse es si se desea cambiar la modalidad de la solicitud (individual a conjunta o viceversa).

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Deducción por persona con discapacidad a cargo (ascendiente, descendiente o cónyuge)

Desde 2015 existe una deducción especial para familias en las que algún miembro tiene discapacidad. Se trata de la ayuda para familias numerosas y con ascendientes o descendientes con discapacidad a cargo. Estas deducciones se reducen directamente de lo que tendríamos que pagar en el IRPF, igual que sucede con la deducción por maternidad.

La cuantía de la deducción asciende a 1.200 anuales por cada descendiente o ascendiente con discapacidad, siempre que éstos den derecho a aplicación del mínimo personal y familiar que veremos más adelante, y se incrementará en un 100%, es decir, hasta 2.400 euros anuales en el caso de familia numerosa de categoría especial.

Cuando más de un contribuyente pueda aplicar estas deducciones, como ocurre en el caso de un matrimonio que opte por hacer la declaración individual, se podrá ceder el derecho a la deducción a uno solo de los miembros sin que se considere que existe transmisión lucrativa a efectos fiscales por esta cesión.

Los mínimos familiar y personal y el mínimo por discapacidad en la renta marcan la cantidad mínima de dinero que Hacienda entiende que es necesario para que una persona pueda vivir, y se reducen o restan directamente de la base imponible del contribuyente, es decir, de lo que gana.

A la hora de hacer la renta 2019 están exentas de tributar las ayudas de instituciones públicas a personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65% siempre que estén destinadas a financiar su estancia o residencia en centros de días. Para ello, la renta de estas personas no debe exceder en dos veces el IPREM, fijado en 7.519,59 euros. Esto quiere decir que sus ingresos no podrán superar los 15.039,18 euros. +Información.

Deducción por maternidad

Deducción por maternidad: hasta 1.200 € anuales por cada hijo menor de 3 años nacido o adoptado en territorio español. Los contribuyentes del IRPF con derecho a esta deducción pueden solicitar el abono anticipado.

El abono anticipado de esta deducción podrá ser solicitado por las mujeres con hijos menores de 3 años, que trabajen y estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad.

En los supuestos de adopción o acogimiento la deducción se podrá practicar, con independencia de la edad del menor, durante los 3 años siguientes a la fecha de inscripción en el Registro Civil o durante los 3 años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare.
En caso de fallecimiento de la madre, o cuando la guarda y custodia se atribuya de forma exclusiva al padre, o en su caso a un tutor, éste tendrá derecho a la práctica de la deducción pendiente, siempre que cumpla los requisitos previstos para tener derecho a su aplicación. +Información

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