9/9/2020

El Gobierno de España aprobó en 2015 un complemento a la maternidad que se viene aplicando desde enero de 2016 a las mujeres que reciben pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.

Requisitos para acceder

  • Se concede el complemento a aquellas mujeres que hayan sido madres de, al menos, dos hijos.
  • Basta con que el hijo naciese y fuese inscrito en el Registro Civil, es decir, que sobreviviese más de 24 horas
  • Para acceder al derecho se computan tantos los hijos naturales como los adoptivos, en cuanto a que en la Constitución española se les reconoce con los mismos derechos.
  • No existen limitaciones en cuanto al lugar de nacimiento. No se exige que el hijo naciera o se criase en territorio español.

La cuantía del complemento

El importe de la pensión se eleva en un porcentaje que depende del número de hijos.

  • Si la pensionista ha tenido dos hijos, entonces el valor se eleva en un 5%.
  • Si la pensionista ha tenido tres hijos, entonces la cuantía se incrementa en un 10%.
  • Si ha tenido cuatro o más, el importe se incrementa en un 15%.

Comprueba si recibes este complemento en tu pensión y, en caso negativo, solicítalo.

En su día, la FEFN pidió que se aprobara el mismo complemento, por paternidad, a los hombres que han sido padres, pero la petición no prosperó.

Un padre de Girona presentó demanda ante el  Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), quien se pronunció en diciembre de 2019 (apoyando las tesis de la FEFN), estableciendo que tanto las madres como los padres deben ser compensados con el mismo complemento por hijos. En concreto, el Tribunal europeo dictaminó que dar solo el complemento por maternidad es contrario a la Directiva europea sobre igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de Seguridad Social, ya que supone una discriminación de los padres.

A la vista de esta sentencia, muchas familias han presentado ante las oficinas de la Seguridad Social Española una solicitud para pedir el complemento por paternidad que reciben las mujeres desde enero de 2016. Han sido denegados por el INSS. Pero ello no supone el final del proceso, ya que es posible presentar una nueva reclamación antes de ir a la vía judicial, en el plazo de un mes desde la notificación por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

La FEFN facilita un modelo de solicitud para aquellos hombres que deseen seguir el proceso de reclamación de su complemento de paternidad en la pensión, que supone un incremento medio en la pensión de unos 60 euros, aunque en el caso de las familias numerosas la media sería de 100 euros más al mes. Descargar el Modelo de reclamación aquí.

En caso de que la resolución a la reclamación previa se deniegue otra vez por parte del INSS cabría presentar una demanda ante el juzgado en el plazo de 30 días.

AFNR espera que tarde o temprano salga una sentencia favorable en España o que la abogacía del Estado modifique la norma, en beneficio de los hombres. Os iremos informando conforme se produzcan novedades.

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