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Formas de la violencia contra la mujer.

Según la ONU, en el mundo se han catalogado las siguientes formas de agresión contra las mujeres / niñas:

1- Feminicidio

El feminicidio se refiere al asesinato intencionado de una mujer por el hecho de serlo.

Hay quien utiliza el término de un modo más amplio y para referirse a cualquier asesinato de mujeres o niñas. En estos casos, la mayoría de las veces, quienes cometen los feminicidios son parejas o ex parejas de la víctima, y suponen la culminación de un proceso de abusos, amenazas o intimidación constantes en el hogar, violencia sexual o situaciones en las que las mujeres se encuentran en una situación de inferioridad con respecto a su pareja en términos de poder o disponibilidad de recursos.

  • Asesinatos por honor.

Dentro del feminicidio merece mención especial el asesinato por honor, que consiste en matar a un familiar, a menudo una mujer o una niña, alegando que la víctima en cuestión ha traído el deshonor o la vergüenza a la familia. Es frecuente que estos asesinatos estén relacionados con la pureza sexual y con presuntas infidelidades o transgresiones por parte de la mujer sacrificada.

2- Violencia sexual

Se entiende por violencia sexual cualquier acto de naturaleza sexual cometido contra la voluntad de una mujer, ya sea porque esta no ha otorgado su consentimiento, ya porque no lo ha podido consentir al ser menor de edad, sufrir una discapacidad mental o encontrarse gravemente intoxicada o inconsciente por efecto del alcohol o las drogas. La violencia sexual puede incluir:

  • Violación

Es cualquier penetración vaginal, anal u oral no consentida por parte de la persona agredida, utilizando cualquier parte del cuerpo u objeto. Puede ocurrir dentro del matrimonio y de una relación de pareja.

  • Acoso sexual.

Contacto físico no consensuado, abucheos, comentarios sexuales sobre el cuerpo o el aspecto de una persona, la solicitud de favores sexuales, miradas sexualmente sugerentes, acecho o exhibición de órganos sexuales.

  • Cultura de la violación.

Se utiliza esta expresión para referirse al entorno social que permite normalizar y justificar la violencia sexual. Tiene su origen en la idea de la prevalencia del varón sobre la mujer en todos los ámbitos, y permanece muy extendida en los lugares donde la Justicia es poco accesible o no tiene contempladas pautas de intervención rápida y diferenciada en los casos de violencia psicológica, física, sexual y económica contra niñas y mujeres, que garanticen el ejercicio de los derechos de las mujeres desde el momento en que se pone una denuncia: trato justo, asistencia legal, compensación por el daño sufrido, protección de su privacidad y su seguridad.

3- Trata de personas con fines de comercio sexual

Adquisición y explotación de personas utilizando medios tales como la fuerza, el fraude, la coacción o el engaño. Este atroz delito atrapa a millones de mujeres y niñas en todo el mundo.

4- Mutilación genital femenina

La mutilación genital femenina (MGF) incluye procedimientos destinados a alterar de manera intencionada o causar daños en los órganos genitales femeninos por razones no médicas. Tanto la práctica como las motivaciones varían según los lugares.

5- Matrimonio infantil

Cualquier matrimonio en el que uno o ambos cónyuges son considerados “menores de edad”. Pese a existir un consenso muy general en otorgar la mayoría de edad a los 18 años, en la mayoría de las legislaciones del mundo – incluidas las de los países de Occidente – se permiten el matrimonio infantil. España lo permite a partir de los 16 años.

Las niñas tienen una probabilidad mayor que los niños de casarse siendo menores de edad y, por tanto, de abandonar la escuela y experimentar otras formas de violencia.

6- Violencia en el ámbito privado.

Es cualquier patrón de comportamiento que se utilice para adquirir o mantener el poder y el control sobre una mujer que es pareja íntima o miembro de la familia. Abarca cualquier acto físico, sexual, emocional, económico y psicológico (incluidas las amenazas de tales actos) que influya en esa mujer.

  • Violencia física

Consiste en causar o intentar causar daño golpeando (bofetadas, patadas), quemando, pellizcando, empujando, tirando del cabello, mordiendo, denegando atención médica, obligando a consumir alcohol o drogas, etc.

  • Violencia sexual

Cuando se obliga a participar en un acto sexual sin su consentimiento.

En el caso de menores, se puede definir como la transgresión de los límites íntimos y personales de la niña/o. Supone la imposición hacia un niño o una niña de comportamientos de contenido sexual por parte de otra persona (adulta o también menor de edad), realizado en un contexto de asimetría de poder, habitualmente a través del engaño, la fuerza, la mentira o la manipulación. El abuso sexual infantil puede incluir contacto sexual, aunque también actividades sin contacto directo como el exhibicionismo, la exposición de niños o niñas a material pornográfico, el grooming o la utilización o manipulación de niños o niñas para la producción de material visual de contenido sexual.

  • Violencia emocional

Consiste, por ejemplo, en minar la autoestima de una persona a través de críticas constantes, en infravalorar sus capacidades, insultarla o someterla a otros tipos de abuso verbal. Si hablamos de violencia sobre la pareja, también puede ejercerse al dañar la relación con sus hijos; o en no permitirle ver a su familia ni a sus amistades.

  • Violencia económica

Consiste en lograr o intentar conseguir la dependencia financiera de otra persona, manteniendo para ello un control total sobre sus recursos financieros, impidiéndole acceder a ellos y prohibiéndole trabajar o asistir a la escuela.

  • Violencia psicológica

Consiste en provocar miedo a través de la intimidación; en amenazar con causar daño físico a una persona o a sus seres más queridos; en someter a una persona a maltrato psicológico o en forzarla a aislarse de sus amistades, de su familia, de la escuela o del trabajo. La ONU incluye en este apartado las amenazas con destruir mascotas y bienes.

Puede manifestarse como acoso, humillación, restricción, manipulación o aislamiento, produciendo daños emocionales y psicológicos que pueden inducir al suicidio. Además, suele ser la puerta de entrada hacia otros tipos de violencia, como la física o la sexual.

Inventariar estos tipos de violencia nos da pie la siguiente aclaración: efectivamente hay personas que convierten sus parejas y/o familias en realidades dañinas, fracturadas, débiles y disfuncionales. Personas que introducen en el espacio más privado las mencionadas formas de violencia contra la mujer. Esas personas trocan el espacio natural, amable y protector donde nace y se desarrolla toda vida humana, en una unidad de convivencia gravemente dañada – quística se podría decir – que hace profundamente infelices a quienes la integran y suelen dejar importantes secuelas.

Tales personas y familias requieren intervención y acompañamiento para sanar (cuando es posible) o arbitraje (si es preciso proteger a las víctimas). No representan a la generalidad de las familias que, en todo el mundo, sí cumplen de largo su papel de guardia, cuidador, defensor y promotor de la infancia, la mujer y las personas más vulnerables.

Hacemos un llamamiento a proteger y reforzar la familia, así como el tándem conyugal que la instaura y sustenta, por encima de cualquier otra forma de asociación, sistema o iniciativa socio-política. (Conclusión nacida en los grupos de trabajo del taller “Mujeres y mucho más”. AFNR 2021).

7- Violencia digital

La violencia en línea o digital contra las mujeres es cualquier acto de violencia cometido, asistido o agravado por el uso de la tecnología de la información y las comunicaciones (teléfonos móviles, Internet, medios sociales, plataformas de videojuegos, mensajes de texto, correos electrónicos, etc.).

Son expresiones de esta forma de agresión lo siguientes:

  • Ciberacoso

Consiste en el envío de mensajes intimidatorios o amenazantes.

  • Sexteo o sexting

Envío de mensajes o fotos de contenido explícito sin contar con la autorización de la persona destinataria.

  • Doxing

Publicación de información privada o identificativa sobre la víctima.

8- Violencia laboral

Consiste en dificultar el acceso de las mujeres a puestos de responsabilidad laboral, o en poner palos en la rueda de su progreso dentro de la empresa, o  en minar la estabilidad de su empleo por el hecho de ser mujer. Este tipo de atropello es muy común. El no cumplimiento de “igual salario para hombres y mujeres en puestos idénticos”, o los despidos o no contrataciones a causa de posibles embarazos son ejemplos del mismo.

9- Violencia simbólica

Es aquella que recoge estereotipos, mensajes, valores o signos que transmiten y favorecen el hecho de que se repitan relaciones basadas en la desigualdad, el machismo, la discriminación o la naturalización de cualquier rol de subordinación de las mujeres en nuestras sociedades. Se trata de un tipo de violencia contra las mujeres más difícil de erradicar, porque está anclado en la colectividad y la mera permisividad lo fortalece.

IMPORTANTE: Si crees ser testigo de alguna de estas formas de violencia, intenta hablar con la victima cuando ello “no le” y “no te” ponga en peligro para cerciorarte de cuál es su situación. Procura gravar la escena con tu móvil, pues este tipo de pruebas son muy importantes para el atestado. Pon la grabación a disposición de la Policía y/o Guardia Civil. No la difundas o compartas por redes sociales. En caso de que intuyas peligro de vida para tí o para ella, contacta inmediatamente con el 112 (Emergencias), o con el 091 (Policía Nacional), o el 062 (Guardia Civil).

Aquí tienes varios enlaces de interés por si te ves en la necesidad de denunciar algún atentado contra la vida, integridad o salud de una mujer en España: